En otras ciudades, y también en algunos pueblos, cuando una calle va a ser levantada por los motivos que sean, se habla con las empresas que gestionan los servicios de agua, desagües, gas, redes de comunicación… con objeto de aprovechar la obra para meter bajo suelo sus instalaciones, por cuenta de dichas empresas.
En los últimos meses se han levantado totalmente numerosas calles del centro de Alcalá. Terminadas las obras, nuestra sorpresa ha sido ver la cantidad de cables de luz, teléfono, fibra óptica, antenas, etc. que han quedado adosados a las paredes: unos bien sujetos, otros no tanto, otros hechos un lío… En fin, dando un espectáculo muy desagradable a la vista, cuando podrían haber quedado bajo el suelo al hacer la obra. De este “detalle” se dan cuenta hasta los visitantes foráneos, sorprendidos por el impacto visual de las fachadas de una Ciudad Patrimonio Mundial.
Si en estas cosas, como en otras muchas, se les pidiera opinión a los vecinos, a lo mejor no pasaban estos desaguisados, pero claro, ¡cómo un político se va a rebajar a preguntar a los ciudadanos cómo quieren que hagamos esto o lo otro! Nos resulta muy costoso hablar con los responsables políticos y técnicos de nuestra ciudad (lo tenemos más que comprobado).
Si miramos la Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad, documento que firmó en noviembre del 2001 nuestro Ayuntamiento, vemos que numerosos artículos se les “ha olvidado” cumplirlos, como por ejemplo los siguientes:
Artículo XVIII
1. Los ciudadanos/as tienen derecho a un medio ambiente sano que busque la compatibilidad entre el desarrollo económico y el equilibrio medioambiental.
2. Para ello las autoridades municipales adoptan, sobre la base del principio de precaución, políticas de prevención de la contaminación, incluyendo la contaminación acústica, de ahorro de energía, gestión, reciclaje, reutilización y recuperación de los residuos, amplían y protegen los espacios verdes de las ciudades.
3. Las autoridades municipales ponen en práctica todas las acciones necesarias para que los ciudadanos aprecien, sin degradarlo, el paisaje que rodea y configura la ciudad y para que sean consultados sobre las modificaciones que puedan alterarlo.
4. Las autoridades municipales desarrollan una educación específicamente orientada al respeto de naturaleza, en particular dirigida a la infancia.
Artículo XIX
1. Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a un desarrollo urbanístico ordenado que asegure una relación armoniosa entre el hábitat, los servicios públicos, los equipamientos, los espacios verdes y las estructuras destinadas a los usos colectivos.
2. Las autoridades municipales ejecutan, con la participación de los ciudadanos y ciudadanas, una planificación y una gestión urbanas que logran el equilibrio entre el urbanismo y el medio ambiente.
3. En este marco se comprometen a respetar el patrimonio natural, histórico, arquitectónico, cultural y artístico de las ciudades y a promover la rehabilitación y la reutilización del patrimonio construido, para reducir las necesidades de nuevas construcciones y su impacto sobre el territorio.
Según nuestro criterio, ninguno de los puntos se ha cumplido.
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