domingo, 22 de diciembre de 2019

La intervención de los vecinos y entidades en el Pleno municipal


Es importante saber que se ha mejorado la participación vecinal en los Plenos Municipales, según se desprende de los artículos 35 y 39 del nuevo Reglamento de Participación Ciudadana que a continuación simplificamos:
Artículo 35. Dice que las entidades ciudadanas, o cualquier persona o colectivo ciudadano podrán solicitar la incorporación de una proposición en el Orden del Día del Pleno, siempre que presente firmas acreditadas ante notario o fedatario municipal del 0,7% de la población empadronada en el municipio mayor de 16 años. La persona o personas, o la entidad que ha solicitado intervenir en el Pleno Municipal se hará cargo de la exposición pública de la propuesta. Dicha proposición se incorporará en el Orden del Día del siguiente Pleno Ordinario. Con un máximo de 3 en cada Pleno.
Artículo 39. Tras finalizar una sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento, el Alcalde establecerá un turno popular de ruegos y preguntas para las entidades ciudadanas inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (RMEC), así como también se permitirá tres intervenciones por parte de vecinas o vecinos a título individual que asistan al Pleno. Las preguntas o sugerencias a los miembros de la corporación versarán sobre temas concretos de interés municipal. Para ello, deberán solicitarlo mediante un escrito registrado al menos tres días hábiles antes de la convocatoria del Pleno (los Plenos Municipales se celebran el tercer martes de cada mes).
Se permitirán tres intervenciones por pleno, tanto si es una entidad o un vecino o vecina particular. Se priorizará por el orden de registro de las mismas. Las intervenciones tendrán una duración máxima de tres minutos. No se permitirán más de tres intervenciones al año de la misma entidad, así como de la misma persona. La exposición deberá limitarse al texto presentado, pudiendo ser desestimada la intervención por el Alcalde de no hacerlo así. El ruego o pregunta se contestará en el transcurso de la sesión, o en caso contrario, se informará de los motivos que impidan hacerlo, posponiendo la respuesta a la próxima sesión ordinaria que celebre el Pleno.
No se admitirán las propuestas ajenas al interés general de la ciudadanía.
¿Cuál es el problema de solicitar intervenir al final del Pleno? Que como los Plenos, por lo general duran bastante tiempo, hay que tener mucha paciencia y esperar hasta el final. Aun así estimamos que es un avance respecto del anterior Reglamento de Participación.

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